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El Defensor del Pueblo, Carlos Camargo
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Defensor advierte sobre ‘expropiación exprés’ de tierras en proyecto del Gobierno

“El Ministerio de Agricultura, mediante proyecto de decreto reglamentario, revive un tema cuya inconveniencia ya fue definida por el legislativo”, asegura.

El Defensor del Pueblo, Carlos Camargo, lanzó este martes una advertencia sobre un proyecto con el que el Gobierno Nacional pretende revivir la figura de ‘expropiación exprés’ en los procesos de compra de tierras por oferta voluntaria y sus procedimientos.

Se trata del decreto reglamentario que modifica y adiciona el Decreto 1071 de 2015 con el que se daría una posible vulneración de derechos, dijo.

Desde la discusión del Plan Nacional de Desarrollo hemos advertido la intención por parte del Gobierno Nacional de introducir lo que se denominó ‘expropiación exprés’, y fue desestimada por el Congreso. Ahora, el Ministerio de Agricultura, mediante este proyecto de decreto reglamentario, revive un tema cuya inconveniencia ya fue definida por el poder Legislativo al determinar que se vulneraban derechos”, afirmó.

Camargo Assis pidió “mesura y apego a la legalidad”, tras recordar que la Corte Constitucional y el Consejo de Estado han señalado la forma como deben ejercerse las facultades reglamentarias atribuidas al poder Ejecutivo y sus límites.

“La jurisprudencia de las altas cortes destaca el carácter complementario de las facultades del poder Ejecutivo, sin que esto suponga una licencia o extensión legislativa de esas facultades para la reglamentación de leyes, y ha señalado la reserva legal que existe en materia de regulación de procedimientos administrativos sancionatorios”.

Dijo además que este proyecto de decreto que reglamentaría la denominada ‘expropiación exprés’, excedería las facultades atribuidas al poder Ejecutivo y en particular, las otorgadas para la expedición del acto administrativo que se pretende implementar.

Si bien las regulaciones que adicionaría este decreto se relacionan con adoptar mecanismos para facilitar y dinamizar los procesos de compra de tierras por oferta voluntaria, como también los procedimientos para la negociación directa y compra de la tierra, lo que en principio resultaría atendible, esto se desdibuja en el proyecto cuando advertimos una ausencia importante de fundamentos legales, pues para definir estas regulaciones no solo es determinante lo dispuesto por el Plan de Desarrollo vigente, sino también los aspectos constitucionales, los contenidos en el Acuerdo de Paz y los desarrollos legislativos, que son el marco regulatorio y normativo”.

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